📘 Guía Técnica y Documentación
¿Por qué es obligatorio escribir los montos en letras en documentos legales?
En el ámbito contable, mercantil y bancario de Colombia y Latinoamérica (según el Código de Comercio y lineamientos de la DIAN), expresar las sumas monetarias en palabras previene alteraciones fraudulentas en cheques, pagarés, facturas electrónicas y contratos de prestación de servicios.
Reglas ortográficas y numéricas de la RAE
- Escritura continua hasta el treinta: Los números del 1 al 29 se escriben en una sola palabra (ej. dieciséis, veinticuatro, veintiocho). A partir del treinta y uno se utiliza la conjunción «y» separada (ej. treinta y uno, cuarenta y cinco).
- Uso de 'Cien' vs 'Ciento': Se utiliza «cien» cuando va solo o precede inmediatamente a sustantivos o múltiplos como «cien mil» o «cien millones». Se utiliza «ciento» en combinaciones intermedias (ej. ciento cincuenta).
- Formato M/CTE (Moneda Corriente): En Colombia es estándar finalizar los valores con la indicación «PESOS M/CTE» y la expresión fraccionaria de centavos (ej. «00/100 M/CTE»).
Casos de uso frecuentes
- Facturación electrónica y Cuentas de Cobro: Redacción exacta del total a pagar para contratistas y empresas.
- Elaboración de Contratos y Pagarés: Definición inequívoca del canon de arrendamiento o valor de honorarios.
- Diligenciamiento de Cheques bancarios: Evita el rechazo de cheques por discrepancia entre cifras numéricas y literales.